Noticias Legislativas 2011
Reformas a las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito (Diario Oficial de la Federación del 12 de agosto de 2011, en vigor al siguiente día).
 
Estas disposiciones se refieren al deber que tienen las instituciones financieras de obtener y conservar información respecto de sus clientes, con el objeto de evitar operaciones de «lavado de dinero». La Comisión Nacional Bancaria y de Valores y el Banco de México han dado nuevas normas para que se puedan prestar servicios bancarios a personas en localidades donde no hay sucursales bancarias por medio de comisionistas, y expandir así el servicio de banca. Las reformas simplemente ajustan las reglas sobre la información de sus clientes que deben obtener y conservar estos comisionistas.