| Noticias Legislativas 2011 |
| Reformas a las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito (Diario Oficial de la Federación del 12 de agosto de 2011, en vigor al siguiente día). |
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| Estas disposiciones se refieren al deber que tienen las instituciones financieras de obtener y conservar información respecto de sus clientes, con el objeto de evitar operaciones de «lavado de dinero». La Comisión Nacional Bancaria y de Valores y el Banco de México han dado nuevas normas para que se puedan prestar servicios bancarios a personas en localidades donde no hay sucursales bancarias por medio de comisionistas, y expandir así el servicio de banca. Las reformas simplemente ajustan las reglas sobre la información de sus clientes que deben obtener y conservar estos comisionistas. |
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