{"id":10205,"date":"2022-08-23T00:01:04","date_gmt":"2022-08-23T00:01:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.mgps.com.mx\/?p=10205"},"modified":"2022-08-31T23:52:44","modified_gmt":"2022-08-31T23:52:44","slug":"beneficios-fiscales-para-las-empresas-ambientales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.mgps.com.mx\/beneficios-fiscales-para-las-empresas-ambientales\/","title":{"rendered":"Beneficios Fiscales para las Empresas Ambientalmente Responsables"},"content":{"rendered":"\n

Por: Leslie Ortiz Mart\u00ednez<\/p>\n\n\n\n

Una realidad que a todos nos ata\u00f1e es el grave da\u00f1o al medio ambiente que se ha forjado durante a\u00f1os de malas pr\u00e1cticas ambientales. Es por ello que ciertos gobiernos en el mundo han implementado distintos est\u00edmulos para que tanto las personas f\u00edsicas como las empresas contribuyan al mejoramiento del medio ambiente.<\/p>\n\n\n\n


Tal es el caso de la Ciudad de M\u00e9xico, cuyo C\u00f3digo Fiscal contempla distintos beneficios fiscales para las personas f\u00edsicas o morales que realicen acciones para mitigar el deterioro ambiental.<\/p>\n\n\n\n


El mencionado C\u00f3digo contempla 4 supuestos bajo los cuales, las personas f\u00edsicas o morales que residan en la Ciudad de M\u00e9xico podr\u00edan tener como consecuencia reducciones en impuestos sobre n\u00f3minas, predial, o derechos por suministros de agua seg\u00fan corresponda, como se explica a continuaci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n


1.- Reciclaje o Reproceso de Residuos S\u00f3lidos.<\/strong>
Las personas f\u00edsicas o morales que realicen actividades empresariales de reciclaje o que en su operaci\u00f3n reprocesen parte de sus residuos s\u00f3lidos generados, tendr\u00e1n derecho a una reducci\u00f3n en el Impuesto sobre N\u00f3minas, que puede ir desde un 20 a un 40 por ciento, dependiendo el porcentaje de residuos s\u00f3lidos que reprocesen o reciclen.<\/p>\n\n\n\n


2.- Paneles Solares y Captaci\u00f3n de Agua Pluvial.<\/strong>
Los propietarios de viviendas o bienes inmuebles de uso habitacional que instalen y utilicen dispositivos como lo son paneles solares, y sistemas de captaci\u00f3n de agua pluvial u otras ecotecnolog\u00edas que acrediten una disminuci\u00f3n de al menos un 20%, en el consumo de energ\u00eda y\/o agua potable o el tratamiento y re\u00faso de esta \u00faltima, podr\u00e1n obtener una reducci\u00f3n de hasta el 20% de los Derechos por Suministro de Agua que determine el Sistema de Aguas.<\/p>\n\n\n\n


3.- Programas de Mejoramiento de Condiciones Ambientales.<\/strong>
Las empresas o instituciones que cuenten con programas comprobables de mejoramiento de condiciones ambientales tendr\u00e1n derecho a una reducci\u00f3n respecto del Impuesto sobre N\u00f3minas, que puede ir de un 20 hasta un 40 por ciento dependiendo de cu\u00e1nto disminuyan sus condiciones normales de operaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n


4.- Tecnolog\u00edas, Sistemas, Equipos y Materiales Preventivos o Reductores de Emisiones Contaminantes.<\/strong>
Las empresas industriales o de servicios ubicadas en la Ciudad de M\u00e9xico que adquieran, instalen y operen tecnolog\u00edas, sistemas, equipos y materiales o realicen acciones que acrediten prevenir o reducir las emisiones contaminantes establecidos por las normas oficiales mexicanas y las ambientales para la Ciudad de M\u00e9xico, podr\u00e1n obtener una reducci\u00f3n respecto del Impuesto Predial de un 10 a un 20 por ciento dependiendo del porcentaje en la reducci\u00f3n de sus emisiones contaminantes.
<\/p>\n\n\n\n

Constancia.<\/strong>
Para efectos de las reducciones, las empresas o instituciones deber\u00e1n obtener una constancia expedida por la Secretar\u00eda del Medio Ambiente, en la que se precise, dependiendo el caso: (i) el resultado de la acreditaci\u00f3n de su Programa de Autorregulaci\u00f3n y Auditor\u00eda Ambiental, en la que se se\u00f1ale el porcentaje de residuos s\u00f3lidos que reprocesen o reciclen y el monto total de la inversi\u00f3n efectuada para llevar a cabo las actividades motivo de la reducci\u00f3n; (ii)el tipo de dispositivos con que cuentan y los beneficios que representan para el ahorro de energ\u00eda el\u00e9ctrica y\/o agua; (iii) el resultado de la acreditaci\u00f3n de su programa de autorregulaci\u00f3n y auditor\u00eda ambiental, el tipo de programas que realizan y los beneficios que representan para mejorar el medio ambiente, as\u00ed como la tecnolog\u00eda que aplican para fomentar la preservaci\u00f3n, restablecimiento y mejoramiento ambiental de la Ciudad de M\u00e9xico. Adem\u00e1s, para la reducci\u00f3n del Impuesto Predial se deber\u00e1 presentar la evaluaci\u00f3n de emisiones de contaminantes correspondiente.<\/p>\n\n\n\n


Restricciones.<\/strong>
Las reducciones se har\u00e1n efectivas en las Administraciones Tributarias o a trav\u00e9s de los medios que establezca la Secretar\u00eda de Administraci\u00f3n y Finanzas, en su caso, ante el Sistema de Aguas, y se aplicar\u00e1n sobre las contribuciones, en su caso, sobre el cr\u00e9dito fiscal actualizado, siempre que las contribuciones respectivas a\u00fan no hayan sido pagadas, ya que no proceder\u00e1 la devoluci\u00f3n o compensaci\u00f3n respecto de cantidades que se hayan pagado. Asimismo, se aplicar\u00e1n durante el ejercicio fiscal vigente, y por los cr\u00e9ditos fiscales generados en dicho ejercicio, de lo contrario, caducar\u00e1 su derecho para hacerlo valer con posterioridad. La correspondiente al Impuesto Predial s\u00f3lo se aplicar\u00e1 respecto del inmueble donde se desarrollen las actividades motivo por el cual se otorga la reducci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n


Es importante mencionar que, no proceder\u00e1n dichos beneficios cuando los contribuyentes cuenten con denuncias o querellas presentadas por la autoridad fiscal, del mismo modo, en caso de que la autoridad detecte que los contribuyentes proporcionaron datos o documentaci\u00f3n falsos, dar\u00e1 vista a la autoridad competente para la aplicaci\u00f3n de las sanciones penales correspondientes.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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